Modelo 184: presentación y aspectos a tener en cuenta

Durante este mes de febrero, las entidades en régimen de atribución de rentas (comunidades de bienes, comunidades de propietarios, sociedades civiles, herencias yacentes) deben presentar el modelo 184, declarando las rentas obtenidas en 2015 y atribuyendo la parte de dichas rentas que corresponda a cada partícipe o comunero.
Es obligatorio presentar dicho modelo en los siguientes casos:

  • Cuando la entidad en atribución de rentas desarrolle actividad económica, independientemente de los rendimientos que obtenga.
  • Cuando la entidad en atribución de rentas no desarrolle una actividad económica pero haya obtenido unas rentas superiores a 3.000 euros. Este sería el caso de una comunidad de bienes cuyos ingresos por alquiler superan la cantidad mencionada.

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