El 1 de octubre de 2016 ha entrado en vigor la ley 39/2015 (pincha para acceder), ley que prevé la implantación de la Administración Electrónica, según la cual todas las gestiones entre cualquier administración y la Comunidad de Propietarios deberán ser telemáticas, ello requiere de dos cosas por parte de la Comunidad de Propietarios correspondiente, primero una firma electrónica para la presentación de escritos, y segundo una dirección de correo para la recepción de notificaciones.
La Ley prevé que se pueda otorgar apoderamiento a un tercero, que bien pudiera ser el Administrador de Fincas para estas gestiones.
¿Cuánto tiempo hay para la implantación de esta Administración Electrónica? La Disposición Final Séptima de la Ley 39/2015 prevé un plazo para la definitiva aplicación de la misma de dos años, esto es octubre de 2018, fecha en la que todas las Comunidades de Propietarios deberán tener firma y dirección de correo o apoderado. Ahora bien, La página web de la AEAT (pincha par accceder) comunica que es obligatorio desde ya la presentación telemática de cualquier escrito. Comunicaremos la respuesta a todo el colectivo por este mismo medio.
